Nuestros seguros para moto clásica, disponen de algunas coberturas únicas.

La equipación del piloto queda cubierta en caso de caída en nuestro seguro. Además puedes añadir una póliza de accidentes para el conductor, muy util si vas en moto clásica. 
 ¿Quieres ver las coberturas de coche ? Si quieres ver las coberturas que incluyen los coches clásicos las encontrarás detalladas en esta página. 

Coberturas ECO · Seguro motos clásicas

En Classiccover, el seguro mínimo para tu moto clásica también te ofrece las mejores opciones y coberturas. Aquí tienes todo el detalle.
Disponemos de una opción de asistencia única para todas tus motos o coches.

  • Con esta cobertura, de contratación obligatoria para todo propietario de vehículo a motor, la aseguradora garantiza hasta 70 millones de euros por siniestro en el caso de daños personales y hasta 15 millones en el caso de daños materiales, la obligación de indemnizar derivada de un accidente por hechos de la circulación , para el conductor y/o propietario del vehículo asegurado especificado en la póliza, según lo establecido en el artículo 1902 y sucesivos del Código Civil, artículos 109 y sucesivos del Código Penal.

    NO QUEDAN CUBIERTOS:

    Todos los daños y perjuicios ocasionados por las lesiones o fallecimiento del conductor del vehículo asegurado.*
    Los daños en los bienes sufridos al vehículo asegurado, por las cosas en él transportadas
    Los daños a las personas y en los bienes causados cuando el vehículo asegurado haya sido robado.
    Los daños personales y materiales cuando fueran causados por la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
    Los daños personales y materiales causados cuando el conductor del vehículo carezca de permiso de conducir.

    *En caso de accidente con lesionados, todos los afectados se considerarán terceros con derecho a reclamar al causante. El conductor, al ser el causante queda excluido de la garantía de Responsabilidad Civil, por este motivo incluimos la cobertura de Accidentes del Conductor garantizando el derecho a indemnizaciones y gastos sanitarios dentro de defensa y reclamación.

  • Con esta cobertura la aseguradora garantiza hasta 50 millones de euros, la obligación indemnizatoria derivada, para el conductor y/o propietario del vehículo declarado por los hechos de la circulación en los que intervenga dicho vehículo y que afecte a terceros.
    Serán considerados terceros cualquier persona distinta al conductor, para los daños físicos, y cualquier persona distinta al conductor y tomador para los daños materiales

    Se incluye la responsabilidad por incendio del vehículo cuando se encuentre estacionado, con los límites establecidos en la póliza.


  • En caso de siniestro la aseguradora asumirá dirección jurídica por la defensa en procesos Civiles, tomando la dirección jurídica, designado letrados y procuradores.

    Asimismo, queda incluida la Defensa Penal, estando cubiertos todos los honorarios de abogado, gastos notariales, otorgamiento de poderes y demás gastos necesarios, en el caso de solicitar un abogado de libre elección se establece el límite indicado en el contrato, así como en las fianzas por procesos penales.

  • Por la via administrativa se ofrece asesoramiento jurídico telefónico, redacción de informes, escritos de oposición y pliegos de descargo por sanciones de infracciones a la Ley de Seguridad Vial.

    *Garantía no incluida en todas las modalidades.

Aseguramos hasta 300 € los daños al casco, cazadora, protecciones o botas, que puedan sufrir a consecuencia de un accidente de circulación garantizado por alguna de las garantías de la póliza y conduciendo la moto clásica asegurada.

Quedaran excluidos los simples daños estéticos que no afecten la funcionalidad de protección.

  • Quedan incluidos los daños por estos fenómenos naturales, vientos, pedrisco o nieve.

    Los daños de este tipo causados por situaciones o fenómenos de la naturaleza excepcionales quedan cubiertas por el Consorcio del Seguro y serán tramitados por dicho organismo.

  • No quedan incluidas inundaciones por el agua caida de lluvia directamente, pero si por los efectos que esta pueda generar en cauces y redes de alcantarillado.

    Por tanto INCLUIMOS INUNDACIONES a consecuencia del desbordamiento de lagos, acequias, canales y otros cursos o caudales en superficie naturales o construidos. Colectores, alcantarillado y otros cauces subterráneos al desbordarse, reventarse, romperse o averiarse.

    IMPORTANTE :No se incluyen las filtraciones, humedades y los daños causados por puertas, ventanas o otras aberturas abiertas o cerradas incorrectamente o con las gomas de sellado en mal estado. Los daños casuados por la congelación del agua del radiador no están incluidos.

    Los daños de este tipo causados por situaciones o fenómenos de la naturaleza excepcionales quedan cubiertas por el Consorcio del Seguro y serán tramitados por dicho organismo.

Garantizamos hasta un límite de 6.000 € los daños materiales sufridos por la colisión por atropello de especies cinegéticas o animales domésticos, siempre que la responsabilidad de la colisión no sea del conductor.
En caso de tener contratado un Todo Riesgo no se aplicará el límite de los 6.000 € y se atenderá a lo establecido para esta garantía y no se aplicará franquicia en el caso de tenerla contratada.
Se solicitará atestado policial del accidente o fotografías en el caso de que por circunstancias especiales no pueda ser posible.

 


Mediante una póliza complementaria garantizamos  el abono de una indemnización  en caso de fallecimiento o invalidez, total o parcial por accidente de circulación para el conductor designado en el contrato. Ver accidentes del conducor

Coberturas BASIC · Seguro motos clásicas

El seguro más contratado para nuestros aficionados a las motos clásicas.
Un ECO con asistencia.

  • Con esta cobertura, de contratación obligatoria para todo propietario de vehículo a motor, la aseguradora garantiza hasta 70 millones de euros por siniestro en el caso de daños personales y hasta 15 millones en el caso de daños materiales, la obligación de indemnizar derivada de un accidente por hechos de la circulación , para el conductor y/o propietario del vehículo asegurado especificado en la póliza, según lo establecido en el artículo 1902 y sucesivos del Código Civil, artículos 109 y sucesivos del Código Penal.

    NO QUEDAN CUBIERTOS:

    Todos los daños y perjuicios ocasionados por las lesiones o fallecimiento del conductor del vehículo asegurado.*
    Los daños en los bienes sufridos al vehículo asegurado, por las cosas en él transportadas
    Los daños a las personas y en los bienes causados cuando el vehículo asegurado haya sido robado.
    Los daños personales y materiales cuando fueran causados por la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
    Los daños personales y materiales causados cuando el conductor del vehículo carezca de permiso de conducir.

    *En caso de accidente con lesionados, todos los afectados se considerarán terceros con derecho a reclamar al causante. El conductor, al ser el causante queda excluido de la garantía de Responsabilidad Civil, por este motivo incluimos la cobertura de Accidentes del Conductor garantizando el derecho a indemnizaciones y gastos sanitarios dentro de defensa y reclamación.

  • Con esta cobertura la aseguradora garantiza hasta 50 millones de euros, la obligación indemnizatoria derivada, para el conductor y/o propietario del vehículo declarado por los hechos de la circulación en los que intervenga dicho vehículo y que afecte a terceros.
    Serán considerados terceros cualquier persona distinta al conductor, para los daños físicos, y cualquier persona distinta al conductor y tomador para los daños materiales

    Se incluye la responsabilidad por incendio del vehículo cuando se encuentre estacionado, con los límites establecidos en la póliza.


  • En caso de siniestro la aseguradora asumirá dirección jurídica por la defensa en procesos Civiles, tomando la dirección jurídica, designado letrados y procuradores.

    Asimismo, queda incluida la Defensa Penal, estando cubiertos todos los honorarios de abogado, gastos notariales, otorgamiento de poderes y demás gastos necesarios, en el caso de solicitar un abogado de libre elección se establece el límite indicado en el contrato, así como en las fianzas por procesos penales.

  • Por la via administrativa se ofrece asesoramiento jurídico telefónico, redacción de informes, escritos de oposición y pliegos de descargo por sanciones de infracciones a la Ley de Seguridad Vial.

    *Garantía no incluida en todas las modalidades.

Aseguramos hasta 300 € los daños al casco, cazadora, protecciones o botas, que puedan sufrir a consecuencia de un accidente de circulación garantizado por alguna de las garantías de la póliza y conduciendo la moto clásica asegurada.

Quedaran excluidos los simples daños estéticos que no afecten la funcionalidad de protección.

  • Garantías válidas para el vehículo designado en el contrato, con peso inferior a 3.500 kg y, en caso de remolque, siempre que su matrícula coincida con la del vehículo asegurado.
    La asistencia al vehículo se prestará en España, Europa y países ribereños del Mediterráneo, desde el Km0, a las personas en todo el mundo, a excepción de los gastos médicos que solo se presaran en el extranjero.
    · Asistencia mecánica o remolcaje del vehículo en España con libre elección del taller que prefiera sin limitación por kilómetros. En el resto de Europa el vehículo se traslada al taller más cercano.

    · Rescate del vehículo
    · Traslado o repatriación del vehículo.
    · Abandono legal y gastos de pupilaje.
    · Gastos de traslado, repatriación o prosecución de viaje de los ocupantes del vehículo accidentado, averiado o robado
    · Gastos de hotel.
    · Gastos de traslado del asegurado para recoger su vehículo
    · Envío de piezas de recambio.
    · Obtención y envío de duplicado de llaves
    · Robo de las cuatro ruedas

    Quedan excluidos los gastos de asistencia y remolcaje cuando la circulación se efectúa por vías que no sean aptas para ello.


  • · Atención médica.
    · Traslado o repatriación sanitaria urgente de heridos y enfermos.
    · Traslado o repatriación de los asegurados acompañantes.
    · Envío de medicamentos
    · Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero.
    · Gastos de convalecencia.
  • · Transmisión de mensajes urgentes.
    · Traslado o repatriación de los asegurados menores de edad.
    · Repatriación de fallecidos y traslado de asegurados.
    · Envío de un conductor profesional
    · Retorno anticipado
    · Búsqueda y transporte de equipajes y efectos personales.
    · Envío de objetos olvidados.
    · Transporte de animales domésticos
    · Defensa jurídica automovilística en el extranjero.
    · Información legal.
    · Adelanto de fianzas penales en el extranjero
    · Gastos de intérprete
    · Adelanto de fondos en el extranjero
    · Obtención de salvoconductos

  • Quedan incluidos los daños por estos fenómenos naturales, vientos, pedrisco o nieve.

    Los daños de este tipo causados por situaciones o fenómenos de la naturaleza excepcionales quedan cubiertas por el Consorcio del Seguro y serán tramitados por dicho organismo.

  • No quedan incluidas inundaciones por el agua caida de lluvia directamente, pero si por los efectos que esta pueda generar en cauces y redes de alcantarillado.

    Por tanto INCLUIMOS INUNDACIONES a consecuencia del desbordamiento de lagos, acequias, canales y otros cursos o caudales en superficie naturales o construidos. Colectores, alcantarillado y otros cauces subterráneos al desbordarse, reventarse, romperse o averiarse.

    IMPORTANTE :No se incluyen las filtraciones, humedades y los daños causados por puertas, ventanas o otras aberturas abiertas o cerradas incorrectamente o con las gomas de sellado en mal estado. Los daños casuados por la congelación del agua del radiador no están incluidos.

    Los daños de este tipo causados por situaciones o fenómenos de la naturaleza excepcionales quedan cubiertas por el Consorcio del Seguro y serán tramitados por dicho organismo.

Garantizamos hasta un límite de 6.000 € los daños materiales sufridos por la colisión por atropello de especies cinegéticas o animales domésticos, siempre que la responsabilidad de la colisión no sea del conductor.
En caso de tener contratado un Todo Riesgo no se aplicará el límite de los 6.000 € y se atenderá a lo establecido para esta garantía y no se aplicará franquicia en el caso de tenerla contratada.
Se solicitará atestado policial del accidente o fotografías en el caso de que por circunstancias especiales no pueda ser posible.

 


Mediante una póliza complementaria garantizamos  el abono de una indemnización  en caso de fallecimiento o invalidez, total o parcial por accidente de circulación para el conductor designado en el contrato. Ver accidentes del conducor

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En nuestra página de preguntas frecuentes  aclaramos la mayoría de tus dudas  sobre nuestros seguros para coches y motos clásicas, para agilizar tu consulta te recomendamos que le des un vistazo. Nuestro ayudante en línea también está preparado para responderte a todo lo que necesites.


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